Proyecto Gran Simio. Artículo Diario de Mallorca
publicado en 19 Feb 2015

19/FEBRERO/2015.- Artículo publicado por Francisco Capacete González, asesor jurídico del Proyecto Gran Simio (GAP/PGS-España).

Francisco Capacete González

En mayo del 2006, la diputada Margalida Rosselló presentó a la mesa del Parlament balear una proposición no de ley en la que pedía que el Parlament se adhiriera al proyecto «Gran simio» y emprendiera las acciones necesarias para la protección de los grandes simios del maltrato, la esclavitud, la tortura, la muerte y la extinción. El 28 de febrero de 2007 se aprobó esta proposición no de ley, convirtiéndose así el Parlament en el primero del mundo en adherirse al proyecto.

En la misma proposición se informaba que «el tiempo ha querido que dos informaciones científicas hayan aparecido, casi al mismo tiempo, para recordarnos la proximidad evolutiva y la vecindad genética que tenemos con nuestros parientes, los grandes simios y la cruel realidad de nuestro trato con ellos, que está poniendo en peligro su supervivencia. El primer informe nos indica que compartimos la inmensa mayoría de nuestro material genético con estos seres. Esta similitud ya la conocíamos por medio de estudios antropométricos, fisiológicos, neurológicos o de etología comparada. El segundo informe, el de Naciones Unidas, nos alerta sobre la posibilidad de extinción de algunas de las especies de grandes simios por obra de la intervención humana. Desde hace años existe un grupo que nos recuerda esta igualdad denominado proyecto «Gran simio», que pretende preservar y proteger del maltrato y la muerte a estos compañeros genéticos de la humanidad. El programa ha sido impulsado por el filósofo Peter Singer y se han adherido numerosas personalidades del ámbito científico e instituciones de muy diversos tipos. Entendemos que ha de ser una tarea de toda la comunidad internacional evitar la desaparición, el maltrato y la esclavitud de estos seres tan próximos a la especie humana y tan injustamente tratados».

Parecida proposición no de ley fue aprobada por las Cortes Generales un año después. Sin embargo, los grandes simios en España siguen estando en pésimas condiciones, en muchos zoológicos, dado que no les ampara una ley específica, «que habría sido un gran paso y reconocimiento de nuestros hermanos evolutivos, que poseen en común con nosotros numerosas capacidades cognitivas y un mismo ancestro», defiende Pedro Pozas, director ejecutivo del proyecto España. Es decir, ningún parlamento ha aprobado todavía las reformas necesarias para reconocer los derechos de los grandes simios, otorgándoles la necesaria personalidad jurídica para detentar derechos inherentes a su persona.

En un Estado social y de democrático de derecho (artículo 1 de la Constitución) el derecho se convierte, como lo ha llamado Ferrajoli, en la ley del más débil. Una de las principales funciones del Derecho es proteger, y no existen motivos jurídicos por los que deba limitarse a proteger solamente a las personas, sino que potencialmente podría tender a proteger también a los animales e incluso al planeta en su conjunto respecto de las acciones humanas. En este sentido los legisladores y demás agentes jurídicos, podemos interpretar las leyes en un sentido amplio favorable al más débil (principioin dubio pro reo). El título I de la Constitución trata sobre los derechos y deberes fundamentales. Siempre se ha dado por supuesto que se refiere a los derechos y deberes fundamentales de las personas. El artículo 10 dice que «la dignidad de la persona, los derechos inviolables que le son inherentes, el libre desarrollo de la personalidad, el respeto a la ley y a los derechos de los demás son fundamento del orden político y de la paz social». Imaginemos que el término «persona» usado en el texto constitucional incluyera a los grandes simios, ¿seguiría teniendo sentido? Naturalmente sí.

En el capítulo I de ese mismo título I se trata de los españoles y los extranjeros, sin diferenciar ni aclarar si se refiere exclusivamente a los humanos o si incluye también a los animales que nacen en nuestro país. Por su parte el artículo 17 del Código Civil indica quiénes son considerados españoles. En ningún momento del texto se excluye a las personas biológicas, sino que se habla genéricamente de personas. Un chimpancé que nace en España ¿es español? Según el Código Civil sí. Un gorila que reside durante más de diez años en este país ¿podría optar a la adquisición de la nacionalidad por residencia? Naturalmente sí.

Con estos dos ejemplos quiero llamar la atención sobre lo poco laborioso que sería reconocer personalidad jurídica a los grandes simios: sólo sería cuestión de dictar una ley que expresamente determinara el alcance del concepto jurídico de «persona», ampliándolo a todas las personas biológicas con capacidades cognitivas y psicológicas, como es el caso de los grandes simios y los mamíferos marinos.

Tomemos, por ejemplo, el artículo 173 del Código Penal. En su punto primero dice: «El que infligiera a otra persona un trato degradante, menoscabando gravemente su integridad moral, será castigado con la pena de prisión de seis meses a dos años». Obviamente, se refiere a personas humanas porque el ordenamiento jurídico así lo ha determinado. Si lo determinara de otro modo, considerando a otros animales como personas, también sería un delito infligir un trato degradante a un chimpancé o a un delfín.

El título VII bis del Código Penal establece los delitos relativos a la trata de seres humanos. Si se ampliara el sujeto protegido y se penara la trata de seres biológicos, resultaría que podríamos defender plenamente a todos aquellos mamíferos marinos a quienes se les impone trabajos forzosos en los parques marinos recreativos. Podríamos defender a los orangutanes de la explotación sexual que sufren en algunos países, podríamos detener la extracción de órganos corporales con fines comerciales, etc.

Pero tendremos que esperar a que los políticos salgan de su modorra infantil y terminen los trabajos que empiezan. ¡Deben aprobar las leyes que hagan falta para reconocer un derecho fundamental de los grandes simios y los mamíferos marinos: su personalidad! De este modo y con un efecto de cascada, muchas otras leyes les serán inmediatamente aplicables sin necesidad de retocarlas mucho. No es la carga de trabajo lo que retrasa ese pequeño paso para el legislador, es la falta de conciencia del gran paso que supondría para nuestros hermanos animales. Afortunadamente, movimientos como el bienestarismo animal de Francione o el de la libertad animal de Singer, entre muchos otros, se encargan de mantener en alto esta demanda de cada vez más miles de seres humanos.

*Filósofo y abogado

Fuente: 

http://proyectogransimio.org/noticias/ultimas-noticias/proyecto-gran-simio.-articulo-diario-de-mallorca